Cuando una empresa cotiza en Bolsa, sus acciones pueden negociarse en el mercado bursátil; los compradores y vendedores determinan el precio de las acciones. El resultado de multiplicar el precio de la acción en el mercado por el número de acciones existentes es igual al valor bursátil o capitalización de una empresa. Este criterio es muy útil para determinar el valor real de una empresa. La determinación del precio de las acciones de las empresas supone, en definitiva, la valoración que hace el mercado sobre las expectativas de las empresas que cotizan. En este sentido, la Bolsa puede considerarse como un "barómetro" de la economía.
Derecho al dividendo
El beneficio que una empresa obtenga en un ejercicio deberá destinarse; en primer lugar, a compensar las pérdidas de años anteriores si las hubiere; después, deben pagarse los impuestos correspondientes; la parte restante podrá destinarse a reservas y dividendo.
Las reservas son la parte del beneficio que se mantiene en la sociedad con objeto de aumentar la potencia económica de la misma y permitir financiar con recursos propios las inversiones productivas que se tengan previstas.
El dividendo es la parte del beneficio que la compañía reparte entre sus propietarios, es decir, sus accionistas.
Como puede deducirse, el importe del dividendo depende de los resultados de la compañía en cada ejercicio y de su política de distribución de beneficios, por eso a las acciones se las considera un producto de renta variable.
Lo más habitual es que las empresas paguen dos dividendos al año a sus accionistas (dividendo a cuenta y complementario).
Las empresas que cotizan en la Bolsa española ofrecieron a sus accionistas una rentabilidad media por dividendo del 2,3% en 1997; una cifra que puede considerarse muy atractiva en comparación con el resto de mercados desarrollados (véase gráfico de la página 25).
A pesar del carácter variable del dividendo, en muchas de las empresas que cotizan en Bolsa el importe de los dividendos es bastante previsible. Así ocurre con las compañías eléctricas y con las autopistas, cuyos beneficios dependen, en gran medida, de la subida anual de sus tarifas.
Derecho a la transmisión
Todo accionista tiene derecho a recibir la parte proporcional que le corresponda resultante de la liquidación de la sociedad; ello no significa que tenga derecho a solicitar a la sociedad que le devuelva el valor de su inversión en cualquier momento. Sin embargo, todo accionista tiene el derecho de transmitir sus acciones, siempre y cuando encuentre comprador. En el caso de acciones que cotizan en Bolsa la transmisión está prácticamente asegurada, dado que una de las principales funciones de la Bolsa es precisamente dar liquidez a los valores cotizados. La Bolsa, por tanto, facilita el ejercicio de este derecho a los accionistas de las empresas que cotizan.
La diferencia positiva entre el precio de venta y el precio al que se compraron las acciones se denomina plusvalía o rentabilidad extraordinaria. Por lo tanto, un accionista puede rentabilizar su inversión por dos vías: el dividendo y la plusvalía.
Derecho preferente de suscripción
Cuando una sociedad anónima efectúa una ampliación de capital con emisión de nuevas acciones, los accionistas actuales tienen derecho preferente para suscribir (comprometerse a la compra) de las nuevas acciones. Este derecho también puede venderse; si la empresa de la que hablamos cotiza en Bolsa, los derechos se pueden vender en ella.
Derecho a voto
Todos los accionistas tienen el derecho al voto en la Junta General de la empresa. La Junta General es la reunión que tienen todos los accionistas, ordinariamente una vez al año, para tomar decisiones relativas a la empresa, y entre ellas aprobar los ejercicios concluidos, nombramientos, etc.
Todos los accionistas tienen derecho al voto, con una simple restricción: sólo pueden votar directamente aquéllos que reúnan el número mínimo de acciones que se determine; aquellos accionistas que posean un número inferior de acciones pueden unirse para cubrir dicho mínimo y votar conjuntamente.
En la Bolsa conviven actualmente dos sistemas de contratación de acciones: el mercado de corros y el mercado electrónico SIBE.
Mercado de corros
Los corros han sido el sistema tradicional de contratación de la Bolsa desde sus inicios. Los operadores de las Sociedades y Agencias de Valores y Bolsa se reúnen físicamente en el salón de contratación de la Bolsa denominado parqué, y allí, cara a cara y a viva voz, realizan las negociaciones (de ahí el nombre de "corros" con que se conoce este sistema).
El mercado de corros se celebra todos los días hábiles de 10 a 12 de la mañana. Las dos horas que dura la sesión bursátil se dividen en intervalos de 10 minutos, durante los cuales se contratan las acciones de las empresas de un mismo sector. Las acciones de más de 200 empresas se negocian a través de este sistema.
El sistema de corros representa, en la actualidad, solamente el 1% de la contratación total de acciones en la Bolsa.
Mercado electrónico (mercado continuo): el SIBE
La negociación de acciones mediante un sistema electrónico comienza en España en 1989. Dicho sistema es administrado por la Sociedad de Bolsas S.A., sociedad participada al 25% por cada una de las bolsas españolas (Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia).
En noviembre de 1995 se procedió al cambio de la plataforma técnica de contratación por el actual sistema: el SIBE (Sistema de Interconexión Bursátil Español).Desde su implantación, el mercado electrónico ha sido utilizado para la contratación de las acciones de las empresas con mayor volumen de actividad. Representa el 99% de la contratación total de acciones en la Bolsa, por lo que puede afirmarse que ha reemplazado prácticamente al sistema de contratación de corros.
El SIBE interconecta las cuatro bolsas españolas y, por tanto, a todos los intermediarios bursátiles, que pueden dirigir sus órdenes a través de terminales informáticos al mismo ordenador central. Estas órdenes se clasifican según criterios de precio y momento de introducción. Si existe contrapartida al precio fijado en la propuesta, la orden se ejecuta automáticamente.
El SIBE es un mercado con información en tiempo real en sus pantallas y difusión automática de la información de la contratación, con un horario ininterrumpido de 10 a 17 horas, de lunes a viernes.
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